












“Concretamente se lo está acusando por haber demorado 52 días en anoticiar a los organismos que corresponden para la búsqueda de un prófugo que para este juez no era un acusado de robar un pasacassette, sino el sicario, el ejecutor material que asesinó a Liliana Ledesma”, señaló García Castiella.
El procurador General de la Provincia, Pedro García Castiella, denunció al juez Edgardo Laurenci ante el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados por otorgar salidas excepcionales a Lino Moreno, quien cumplía prisión perpetua en el penal de Orán por el asesinato de Liliana Ledesma y se dio a la fuga aprovechándose del beneficio.
En dialogo con FM Noticias y en primer lugar, el procurador aclaró que en términos de presentación, que se diga que se interpuso una denuncia de jury en contra del presidente del tribunal que lleva adelante el proceso en contra de los hermanos Castedo, es una casualidad porque concretamente se ha promovido una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento por la intervención de este magistrado en la tramitación del incidente de salidas transitorias de Lino Moreno.
“Esto no tiene que asombrar a nadie porque es un procedimiento que la Constitución prevé para estos casos, entonces se tiene que reunir el Tribunal de Jury, meditar y analizar la acusación, ver si es pertinente o no y después abrirlo, pero esto lleva una continuidad de mucho tiempo y no tiene nada que ver con la continuidad del juicio contra Delfín y Ula Castedo”, explicó.
Para Castiella, es preocupante que se pretenda instalar, desde el desconocimiento de algunos, en una situación tan delicada y sensible para nuestra provincia como es lo que ha acontecido y acontece con el narcotráfico desde hace prácticamente 20 años, que el jury no es esencialmente por haber concedido o no las salidas transitorias a Lino Moreno, sino que este es un aspecto periférico de la presentación porque si bien la ley que regula la ejecución penal prevé que los condenados a prisión perpetua no podrían gozar de ningún tipo de beneficio, esta norma fue declarada inconstitucional en 2015 por la Corte de Justicia de Salta, lo que dejó abierta la posibilidad de que el condenado a perpetua pueda, después de los 15 años, empezar a gozar de los beneficios.
“Entonces, concentrar la acusación en que estaba prohibido concederle una salida transitoria no es del todo exacto y no se corresponde con el conocimiento suficiente del derecho, de su aplicación o interpretación…la promoción del jury se sostiene esencialmente en la cantidad de negligencias, impericias e irregularidades que se han advertido en el accionar del magistrado cuando se anoticia de que no se había presentado en el penal aquel domingo a la noche”, precisó el procurador.
En esta parte, continuó con una síntesis de cómo ocurrieron los hechos: el domingo 18 de junio, a las 20:00 hs., Lino Moreno no comparece al penal como debiera haberlo hecho; ese mismo día el responsable que estaba en el penal de Orán se comunica telefónicamente con el juez y le advierte de la situación. El juez deja pasar ese día, el lunes, el martes y el miércoles no manda a buscarlo, sino que corre vista a la fiscal de la causa, cuando lo correcto hubiera sido inmediatamente insertarlo en el sistema de la policía y que se libren los informes urgentes a la policía, migraciones y a la Interpol.
Recién el 6 de julio, pasados ya 18 días de la ausencia de Lino Moreno del penal, el juez toma la decisión de disponer la detención del fugado.
Suceden además otro tipo de situaciones irregulares, como el hecho de que cuando se mandan las comunicaciones a la policía, envían a buscarlo al domicilio que tenía declarado, lo hacen equivocadamente y cuando reveían la orden lo hacen con un error en el número de documento; por lo que recién el 4 de agosto la policía le remite el informe de resultado negativo de la búsqueda en el domicilio y el 9 de agosto le vuelve a pedir al jefe de unidad, esta vez ya con los datos correctos, que mande procurar la detención de Ruiz, el garante y tío de Lino Moreno, donde debía estar en sus salidas transitorias, y que inserte el pedido de captura en el orden del día.
Así las cosas, Castiella insistió en marcar que la causal por la que se promueve el pedido de promoción de jurado de enjuiciamiento, es por haber demorado 52 días, desde que el juez se anoticia de la fuga para insertar formalmente la orden de búsqueda.
Agregó que desde el 6 de agosto la Procuración empezó a solicitar informes y se le pidió a la justicia que remita copia de los antecedentes del expediente, se le mandó un pedido al Ministerio de Seguridad y Justicia, para que por su intermedio el Servicio Penitenciario remita todos los antecedentes y lamentablemente ese pedido demoró 20 días y se tuvo que retirar con plazos; mientras que a Jefatura de Policía también se les pidió cuales eran las acciones que estaban siguiendo para la localización o búsqueda de Lino Moreno y eso aún no fue respondido.
“En este contexto, ante todas estas imprecisiones, opinologos y versiones, se ha tomado la decisión de poner blanco sobre negro y desde el Ministerio Publico Fiscal y la Procuración de la Provincia, establecer la denuncia formal…concretamente se lo está acusando por haber demorado 52 días en anoticiar a los organismos que corresponden para la búsqueda de un prófugo que para este juez no era un acusado de robar un pasacassette, sino el sicario, el ejecutor material que asesinó a Liliana Ledesma, una productora de huevos que iba con una caja de tizas para su hija, acompañada por una entregadora que la llevó a ser interceptada por cuatro sujetos, entre ellos el sicario Lino Moreno…no era un prófugo, sino precisamente el ejecutor material del juicio que tenía que hacer en los próximos días”, enfatizó el Procurador.
Fuente: Salta entre líneas-FM Noticias 88.1 Mhz.